La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) estimó el efecto fiscal del Proyecto de la Cámara 341 (P. de la C. 341) , que propone enmendar el Artículo 12.020 de la Ley Núm. 77-1957, añadir un inciso (6) al Artículo 1 de la Ley Núm. 66-1976, y enmendar los Artículos 1.010, 2.096 y 7.008 de la Ley Núm. 107-2020, con el propósito de retener un 5% adicional por servicios profesionales brindados por proveedores de seguros públicos, excepto cuando se lleve a cabo a través de subasta.
La aprobación de la pieza legislativa representaría un efecto fiscal total estimado en $7.4 millones para el año fiscal 2025, de los cuales $3.2 millones corresponden al gobierno estatal y $4.2 millones a los municipios, para el mismo periodo. Estos estimados representan un aumento en los recaudos de los gobiernos.
+$7.6 millones